domingo, 11 de enero de 2009

Un poco de Vocabulario

A continuación pongo algunas definiciones de vocabulario usado en clase, esperando que sea de ayuda también para otros grupos (como se reseña la mayoria de las definiciones son del "Diccionario de Economía" de Ramón Tamames)

- Arancel: Impuesto a satisfacer por introducir una mercancía en otro país. Según el diccionario de Tamames, un Arancel de Aduanas, es un documento oficial, promulgado con base en la Ley Arancelaria, e el que se establecen los derechos de importación de las mercancías de procedencia extranjera. Protege la producción nacional, y de su aplicación se derivan ingresos para el presupuesto.

- Armada: Flotas mercantes escoltadas que organizaba la corona española para garantizar el comercio con América, y protegerlos de corsarios y piratas. Como se sabe, el monopolio del comercio con el Nuevo Mundo español lo tenía Sevilla, a través de la Casa de Contratación; en un primer momento, bastaba con pedir un permiso a esta institución, para que cualquier barco español pudiera ir a comerciar con América. Sin embargo, se producían muchas bajas de barcos, debido a las acciones de corsarios, situados cerca de las costas europeas, y los piratas. Para evitar estas acciones, la corona española organizó flotas, conocidas como armadas, cuya fecha de salida hacía pública, para que los barcos mercantes correspondientes se adhirieran a las armadas, dispuestas de la siguiente manera: en fila navegaban los barcos mercantes, rodeados por todos los lados de embarcaciones de guerra. Este sistema era caro, y restringía el comercio con América a determinadas fechas del año, pero garantizaba la llegada de la mayoría de los productos que iban y venían de América.

- Asiento: En la Edad Moderna, el asiente era un gran crédito hecho al Estado.

- Asiento de negros: Acuerdo entre dos potencias, por el cual una de ellas otorga el monopolio de la venta de esclavos en sus territorios a la segunda. Era este el caso de los asientos de negros que la corona española otorgaba a otras potencias, como Portugal y Francia, y a partir del S. XVIII, en virtud de los tratados de Utrecht y Rastadt, a Inglaterra. Ello era debido a que España oficialmente no podía comerciar con esclavos, pero sí tenía la posibilidad de otorgar a otro país el derecho a venderlos en sus tierra de la corona española.

- Batán: Lugar, generalmente cerca de un río, en el que se realizaba todo el proceso necesario para el tintado de telas.

- Ceca: Lugar donde se acuña la moneda.

- Censo: En la Edad Moderna, un censo era un crédito rural que se avalaba con la tierra. Muchos pósitos de los municipios invertían en estos censos, prestando dinero (Véase pósito).

- Devaluación: Siguiendo el Diccionario de Tamames, la devaluación es una modificación al alza del precio oficial previo de una moneda (paridad), por comparación con un patrón metálico (generalmente oro), con otra moneda (normalmente el dólar) o, en el caso de la Comunidad Europea, con respecto al ECU. Se refleja sí la pérdida de valor efectivo de la moneda. En época moderna, la devaluación de moneda que, como dijimos, tenía valor intrínseco, se hacía mediante la técnica del Resellado, muy aplicado en época de Felipe IV, son motivo de la Guerra de los Treinta Años, y consistente en pasar de nuevo la moneda por las Cecas, para sustituirles el valor facial, subiéndosele en función del cambio de valor.

- Granjería: Se dice que practica la granjería aquél que se dedica a los negocios, beneficiándose con su práctica.

- Letra de Cambio: Según Tamames, documento mercantil, de amplio uso a efectos de financiación, por el cual el librador concede un crédito (generalmente para operaciones comerciales, inmobiliarias, etc., y a 30, 60, 90, 180 o más días) al librado, quien acepta pagar el importe señalado a la fecha del vencimiento que se establece. La letra de cambio así aceptara (y avalada o no por un banco por cuenta del librado), puede ser llevada al descuento en una entidad financiera. Un ejemplo sería el siguiente: un personaje decide poner un negocio de venta de carpetas, por lo que necesita un fabricante de las mismas que se las provea; sin embargo, si no tiene dinero para pagar a éste, lo que hace el que pone el negocio es librar una letra de cambio, comprometiéndose a pagar el importe de las carpetas en un plazo determinado. Ahora bien, generalmente, el fabricante lo que quiere es cobrar al contado, por lo que ambos, vendedor de carpetas y fabricante, se ponen de acuerdo con un banco, quien paga el importe de las carpetas suministradas al fabricante, descontándole un tanto por ciento, debiendo el vendedor de las carpetas pagar su deuda al banco en el plazo determinado. Hay que decir que, actualmente en España, la letra de cambio es un documento oficial del Estado, fabricado por la F.N.M.T., y que lleva un timbre en la parte superior izquierda.

- Ley de los rendimientos decrecientes: Siguiendo a Tamames, es una ley formulada inicialmente por el fisiócrata Turgot, puede expresarse diciendo que si un factor de producción se aumenta de manera gradual y sostenida, en tanto que los demás factores permanecen constantes, a partir de un determinado momento los incrementos de producción devienen decrecientes. El ejemplo considerado como típico por la fisiocracia respecto de esta ley fue el cultivo de la tierra, donde con el aumento del factor capital variable, fertilizantes, permaneciendo la tierra y el capital fijo constantes, podían generarse incrementos de producción; hasta un punto en el que se llegaba al máximo, y a partir del cual se iniciaba el descenso. La ley de los rendimientos decrecientes ha ido retrasándose debido al avance tecnológico.

- Ley Gresham: Según Tamames, ley formulada por el economista inglés Thomas Gresham (1519-1579), fundador de la bolsa de Londres [y consejero en asuntos económicos de Isabel I]. Viene a decir que “la moneda mala expulsa a la buena”, expresión contrastada por la experiencia de que si circulan dos monedas (plata y oro, o vellón y plata), la de menor valor prepondera en la circulación, al procurar todos guardar la moneda buena por desconfianza de la mala. La ley de Gresham ya se había formulado antes, con menos éxito, por Aristófanes y Oresmes.

- Lobby: Grupo generalmente político que defiende intereses económicos privados.

- MIBOR: Tipo de interés que se aplica a los préstamos que los bancos se hacen entre sí. Según el Diccionario de Economía de Tamames: Sigla en inglés del nombre adoptado en el sector bancario español para definir el tipo de interés medio del dinero en el mercado interbancario madrileño (Madrid Interbanking Offered Rate), por analogía con el IBOR. Sirve de referencia para la concesión de créditos con intereses ajustables, que se determinan periódicamente, casi siempre de forma trimestral, con una fracción por encima del mismo; p.e.: ¼ ó 1/8 sobre el MIBOR.

- Monedero: Persona encargada de realizar las monedas.

- Monopolio: Existe una situación de monopolio cuando una persona o compañía concreta controla un determinado mercado. Según Tamames, Monopolio: Del griego mono, uno solo, y polio, vendedor. Forma concreta de mercado en el que sólo existe un ofertante, que pos su situación de dominio, al no haber competencia, puede imponer los precios que más le interesen para alcanzar el máximo beneficio. Para ello reduce, si es preciso, la oferta. Se habla de monopolio natura, con referencia a aquellos servicios públicos cuyo funcionamiento exige que ciertas actividades las desarrolle una sola empresa en todo el mercado, p.e.: La Compañía Telefónica Nacional de España. Existe monopolio fiscal cuando la exclusiva de la producción y/o distribución de una gama de productos se concede a una sola empresa, para facilitar la recaudación de ciertos impuestos. El monopolio puede ser unilateral (de oferta, o de demanda, también llamado monopsonio), o bilateral, cuando el único oferente se enfrenta a un solo demandante, estableciéndose entre ambos una pugna de la que resulta beneficiado el que más capacidad de resistencia tenga.

- Oligopolio: Existe oligopolio cuando un número reducido de personas o compañías que controlan un mercado determinado, llegan a un acuerdo para no variar los precios, o, lo que es lo mismo, establecer un precio igual. En el Diccionario de Tamames, oligopolio es una forma concreta del mercado, en la cual un reducido número de ofertantes controla la oferta, pero sin llegar a un acuerdo entre sí, de modo que se mantiene una cierta competencia oligopolística, que generalmente va paralela a la existencia de marcas, cuya difusión en el mercado se intenta a través de estudios de marketing, promoción y publicidad. Normalmente, con este término se alude al oligopolio de oferta, reservándose el de oligopsonio para el de demanda.

- Pechero o vecino (también vecino pechero): El vecino o pechero es una unidad contable o fiscal, no una persona, que sirve a Administración de la monarquía para la recaudación de impuestos, o para la confección de cupos del ejército. Por ello, al número de pecheros que nos aportan los censos de la época, es necesario multiplicarles unos coeficientes, destinados a transformar esa cifra de pecheros en habitantes reales.

- Pósito: Lugar acotado, generalmente formado por un buen edificio de propiedad municipal, en el que se almacenaba el grano que compraba el Ayuntamiento para controlar los precios del mismo, manteniéndolos, si era posible, a unos niveles asequibles. Ahora bien, el pósito era también una entidad financiera. Esta institución tenía, pues, dos acepciones: por un lado, era un organismo municipal que regulaba el grano del lugar, y su precio, y por otro una entidad financiera, que movía dinero, y que generalmente gozaba de una gran liquidez. Según Tamames, los pósitos eran una institución crediticia española de origen medieval. Se crearon por medio de convenios entre vecinos, o por fundaciones pías, para precaverse contra las malas cosechas, el acaparamiento y los altos precios. La primera legitimación completa sobre ellos data de Felipe II (1584). Sin embargo, no adquirieron gran importancia económica hasta el siglo XVIII. Entonces pasaron a efectuar operaciones de préstamo para la siembra (con un interés del 4,16 por 100), y para otras faenas agrícolas (con un 3 por 100), a la vez que invertían sus beneficios en actividades de interés público (provisión de maestros y médicos obras públicas, préstamos para el pago de contribuciones, etc.).

- Premio de acuñación: Beneficio que obtiene el monarca, príncipe, o gobernante al acuñar moneda.

- Protesto de letra: Según el Diccionario de Economía de Tamames, figura jurídica del Derecho mercantil, por la cual una letra de cambio presentada al cobro, y que no es objeto de pago por el acertante, se lleva al notario, para que éste dé fe del hecho del impago, sirviendo el acta notarial para iniciar el oportuno procedimiento ejecutivo.

- Pozo de las nieves: Técnica antigua de conservación de la nieve, consistente en cavar un pozo en la tierra, y recubrir sus paredes de algún material aislante, como el ladrillo. Ese pozo se llena de nieve, con el objeto de conservarla para estaciones como el verano.

- Registro: El registro no era sino una práctica económica por la que el Estado privilegiaba a una compañía para todos los actos de importación y exportación. Por ejemplo, en el Estrecho del Sund, los suecos pusieron un registro diciendo que todos los barcos, si querían pagar menos aranceles, debían llevar bandera de la Compañía del Sund, lo cual hacía que parte del comercio de ese Estrecho se realizase a través de esa compañía que, como vimos, era favorecida por el Estado frente a los comerciantes extranjeros, quienes, si querían comerciar a un precio más asequible en Suecia, tenían que pasar sus productos por medio de esta entidad mercantil. Otra gran potencia del mercantilismo fue Holanda, que vivía, gracias a su importante flota, del negocio del transporte.

- Rendimiento: Se llama rendimiento en agricultura a la relación entre lo sembrado y lo recolectado, es decir, la producción de una superficie.

- Renta disponible: Es el resultado de restar los gastos a los ingresos brutos. Según Tamames, proporciona un conocimiento exacto de la suma de que disponen los hogares para fines de consumo y ahorro. Es igual a la renta personal (RP), menos los impuestos directos, que constituyen una parte de la RP que el individuo dedica al pago de sus obligaciones con la Hacienda. La RD es, pues, una magnitud que difiere a veces considerablemente de un país a otro en relación con la RP, según sea mayor o menos la presión fiscal.

- Rentas estancas: Nombre que recibían en la Edad Moderna los monopolios de un producto.

- Res Nullius: Principio de derecho que se refiere literalmente a una cosa de nadie, y que pertenece, por tanto, al primero que la coja. Es el caso por ejemplo de un pez de río, que no es sino del pescador que lo coge.

- Servicio: En la Edad Moderna, impuesto extraordinario concedido por las Cortes al monarca.

- Tasa de interés: Es, grosso modo, el tipo de interés. El dinero en un medio de cambio y, en definitiva, una mercancía que, como tal, puede variar de valor. Por ello, el dinero, en sí mismo, se cotiza, siendo el valor del mismo la tasa de interés. Cuando el dinero abunda, su precio baja, y cuando escasea, sube. Esto es lo que mide la tasa de interés, que se mide en tanto por ciento, y que no se evalúa a interés simple, sino compuesto. Generalmente, el dinero es muy caro. Según el Diccionario de Economía de Ramón Tamames, Tipo de interés es: En teoría económica se define como el precio del dinero. Es la forma de cuantificar generalmente en tanto por ciento anual, las cantidades que el deudor habrá de pagar al acreedor –además de la devolución del principal- como retribución del capital del crédito. Puede tratarse de interés simple o compuesto. El tipo de interés fluctúa en función de la liquidez de las entidades financieras, y de las previsiones de las autoridades monetarias; de modo que será tanto más bajo cuanto mayor sea la liquidez, y cuanto mayor sea el propósito de impulsar la actividad productiva o la recuperación después de una crisis. Los tipos de interés presentan diferenciaciones importantes en función de las distintas clases de operaciones, y pueden ser fijos, cuando no varían a lo largo de tiempo, o ajustables, en función de una referencia básica del tipo del LIBOR o del MIBOR. Pueden expresarse en términos monetarios o reales.

- Tierra de pan llevar: En época moderna, se llamaban así las tierras de buena productividad en las que se cultivaban cereales.


1 comentario:

David Alonso dijo...

Magnífico, Rafael. Tu entrada complementa muy bien vuestro blog.

Un saludo